PRECIOS DE COMBUSTIBLES
La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC) publica mensualmente los precios de los combustibles regulados por el Estado ecuatoriano.
Con base al Decreto Ejecutivo 1183, de 4 de noviembre de 2020, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC) realiza el cálculo de precios referenciales de la gasolina Extra y Extra con etanol, para abastecedora y comercializadoras autorizadas del país.
El Decreto Ejecutivo 1183 establece que “con el fin de perfeccionar la metodología del sistema de banda de precios y el cálculo de los precios de los combustibles: Diésel 2, Diésel Premium, Gasolina Extra y Extra con Etanol Anhidro (Ecopaís) para el segmento automotriz, (…) , es necesario que los precios referenciales que recogen las fluctuaciones de los mercados y las bandas sean fijados por el Ente de Control y no por un actor de la cadena de comercialización”, por lo cual, la Agencia de Regulación y Control realiza el cálculo de este precio.
Con base en el Decreto Ejecutivo N° 1222 (de actualización), expedido el 11 de enero de 2021, la ARC realiza el cálculo de los precios referenciales para el abastecimiento de Diésel 2 y Diésel Premium, para abastecedora y comercializadoras autorizadas del país.
El precio de la gasolina Súper se encuentra sujeto a condiciones de mercado, conforme lo establece el Decreto Ejecutivo 1054.
Los precios a nivel de terminal de todos los segmentos de mercado serán definidos por la o las abastecedoras:
- EP PETROECUADOR (https://www.eppetroecuador.ec/?p=8062)
